A- de 2016
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Claimant Sala De Revision
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Se declara el cumplimiento parcial de la sentencia
- Cumplimiento
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Con el presente auto se declara el cumplimiento parcial de la sentencia T-418/15 y se ordena: 1º.
Al Ministerio de Salud y Protección Social, enviar un informe a la Corporación, en el cual exponga el nivel de cumplimiento de los compromisos adquiridos, la continuación de la atención y tratamiento integral que hasta el momento ha sido prestada a la actora y a su hijo menor de edad y, las citas médicas que efectivamente han tenido lugar. 2º.
A la E.P.S.
Capital Salud, que continúe prestando la atención y tratamiento integral a la actora y a su hijo y, 3º.
A la Fiscalía General de la Nación, que brinde a éstos el transporte necesario para que asistan a las citas médicas programadas.
Se indica, que debido a la gravedad de las circunstancias del caso, la Corte Constitucional mantendrá la competencia para verificar el cumplimiento de la providencia en mención.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- PRIMERO. DECLARAR el cumplimiento parcial de la sentencia T-418 de 2015, de acuerdo con lo considerado en el presente auto.
- SEGUNDO. ORDENAR al Ministerio de Salud y de la Protección Social enviar un informe, cada dos meses, luego de la notificación del presente auto, exponiendo (i) el nivel de cumplimiento de los compromisos adquiridos en su escrito del 1 de marzo de 2016, (ii) la continuación de la atención y tratamiento integral que hasta el momento le ha sido prestada a la actora y a su hijo menor de edad, y (iii) cuáles son las citas médicas que efectivamente han tenido lugar.
- TERCERO. ORDENAR a la E.P.S Capital Salud que continúe prestando la atención y tratamiento integral a la actora y a su hijo menor de edad.
- CUARTO. ORDENAR a la Fiscalía General de la Nación que brinde a la accionante y a su hijo menor de edad el transporte necesario para que asista a las citas médicas programadas.
- QUINTO. INDICAR que debido a la gravedad de las circunstancias del caso la Corte Constitucional mantendrá la competencia para verificar el cumplimiento de la providencia en mención
- SEXTO. Por Secretaría General, LÍBRESE la comunicación a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.